Personas naturales y jurídicas pueden constituir una empresa en un día, de manera sencilla y sin costo. Para ello, se debe completar un formulario electrónico con los datos de la sociedad y la información de los socios que la integran, quienes podrán firmar a través dos modalidades:
- Firma Electrónica Avanzada (FEA): cada socio puede firmar desde su computador utilizando un dispositivo electrónico llamado token (similar a un pendrive), más una contraseña.
- Firma a través de notario: si los socios no cuentan con FEA, puede suscribir sus firmas manuscritas ante un notario, quien tendrá que firmar el formulario.
Además, las personas interesadas pueden modificar, transformar, fusionar, dividir, disolver, rectificar y sanear una empresa o sociedad.
Actualmente, el portal Tu Empresa en un Día permite la constitución de:
- Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL o LTDA)
Es una persona jurídica o empresa formada por un mínimo de dos y un máximo de cincuenta socios, quienes limitan su responsabilidad al monto aportado como capital. Los socios pueden ser personas naturales o jurídicas.)
- Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL).
Las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada (EIRL) son personas jurídicas, formadas exclusivamente por una persona natural, con patrimonio propio y distinto al titular, que realizan actividades de carácter netamente comercial (no de actividades de segunda categoría).
- Sociedades por Acciones (SPA).
La Sociedad por Acciones o SpA, es una empresa compuesta por una o más personas naturales o jurídicas, cuya participación en el capital está representada por el tipo de acciones que posee.
- Sociedades Anónima Cerrada (SA).
Es aquel que está creado con un número reducido de personas que va de 2 a 20, quienes se conocen entre sí y pueden ser naturales o jurídicas, y cuyas acciones se encuentran bajo la titularidad de familiares
- Sociedades Anónimas de Garantía Recíproca (SAGR).
Las sociedades de garantía Recíproca son entidades, cuyo capital está conformado por aportes privados, y cuyo giro exclusivo consiste en otorgar garantías personales1 destinadas a respaldar créditos comerciales que sus beneficiarios (habitualmente MYPE) obtienen en el sistema financiero
- Sociedades Colectivas Comerciales (SCC).
Corresponde al régimen general de sociedades , es la calificación que se utiliza por defecto a toda sociedad de personas y de objeto comercial que no cumple con los requisitos para funcionar como sociedad de responsabilidad limitada o sociedad en comandita simple.
- Sociedades en Comandita Simple (ECS).
Es aquella que se celebra entre una o más personas que realizan un determinado aporte, y una o más personas que se obligan a administrar exclusivamente la sociedad por sí o sus delegados y en su nombre particular.
- Sociedades en Comandita por Acciones (SCPA).
Es aquella sociedad en comandita, en que el capital se divide en acciones y es aportado por accionistas cuyo nombre no figura en el estatuto de la sociedad . En ella existen dos clases de socios: socios gestores y accionistas.
Para realizar este trámite necesitaras Firma Electrónica Avanzada solo si la posees. (Permite certificar cualquier documento y/o instrumento privado o público celebrado por medios electrónicos, otorgándole el mismo reconocimiento, protección y valor que tienen los actos y contratos celebrados en papel) , Estar registrado en la plataforma o contar con ClaveÚnica. Todo esto puedes realizarlo en :
https://www.registrodeempresasysociedades.cl/
Este proceso no tiene costo para quienes tienen Firma Electrónica Avanzada los socios que no cuenten con FEA tendrán que pagar los costos notariales.